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Suspenso a las empresas al informar de su privacidad

    La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha aprobado el Proyecto de Ley de Secretos Empresariales. Los diputados rechazaron ampliar a cuatro años el plazo de prescripción para actuar contra el incumplimiento de la normativa. De este modo, la prescripción ha quedado en tres años.

    La norma aprobada transpone la Directiva 2016/943, de 8 de junio de 2016, relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícitas. La Unión Europea (UE) se sumaba así a la tendencia anglosajona. La normativa permitirá a las empresas litigar con mayor seguridad jurídica, cuando sean víctimas de un robo -o filtrado- de información hacia sus competidores acerca de sus procedimientos confidenciales.

    La Comisión ha introducido una única modificación en su texto, la relativa a la regulación de los objetos fabricados con metales preciosos. Este cambio tiene el objetivo de adecuar la normativa a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

    El socio responsable de Propiedad Intelectual y TIC de Baker McKenzie, José María Méndez, apunta que «la nueva regulación se configura como una herramienta eficaz para proteger la innovación y supone un avance muy importante en el régimen de protección jurídica de los secretos empresariales». Según el abogado, «el objetivo de la norma es crear una auténtica cultura de confidencialidad en el seno de las empresas siendo fundamental que las empresas, a su vez, establezcan políticas internas destinadas a tomar medidas preventivas relevantes con el fin de obtener la tutela judicial y salvaguardar a las compañías frente a prácticas desleales».

    Entre las novedades que se introducen en el texto se encuentra la incorporación de reglas para preservar el tratamiento confidencial de la información que se aporte o se genere en el proceso y que pueda construir secreto empresarial. La normativa también incluye un marco normativo para que el demandante pueda preparar el ejercicio de su acción garantizándose el derecho a la tutela judicial efectiva a través del desarrollo de diligencia de comprobación de hechos, medidas para acceder a las fuentes de prueba en poder del futuro demandando o de terceros, y en su caso, de medidas de aseguramiento de las mismas.

    El texto aprobado por la Comisión de Justicia incorpora, además, reglas específicas en materia de medidas cautelares para asegurar la eficiencia de su acción y evitar de manera inmediata la revelación, uso u obtención ilícita del secreto empresarial. La nueva Ley describe los secretos empresariales, conforme a los dictados de la directiva europea, como cualquier información o conocimiento, incluido tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero que sea secreto, tenga valor empresarial y haya sido objeto de medidas razonables por parte de su titular para mantenerlo en secreto.

    La norma aborda la vertiente patrimonial del secreto empresarial y establece su potencial cotitularidad y su transmisibilidad en los casos en los que no exista acuerdo entre las partes, en particular si se acomete mediante una licencia contractual. Incorpora un catálogo abierto de acciones de defensa del titular del secreto para hacer frente a la posible violación de éste, con especial atención a la regulación de la indemnización de daños.